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Los seguros de vida combinados y la hipoteca

Thu Nov 12 12:46:22 CET 2020

Aunque algunas personas puedan creer que es un coste añadido, este tipo de productos aportan importantes ventajas a sus suscriptores, siendo la principal de ellas la seguridad sobre que sus familias estarán cubiertas económicamente ante una incidencia grave.

Proteger económicamente a la familia en el caso de fallecimiento, cubrir el posible riesgo de sufrir una invalidez, poder pagar los gastos más urgentes tras la defunción así como el impuesto sobre sucesiones, asegurar el futuro de los hijos o proteger los ahorros. Las razones para contratar un seguro de vida son muchas y muy importantes, si bien el concepto más relevante es el de que aporta tranquilidad y seguridad al núcleo familiar en el caso de que acontezca una desgracia.

Aunque se puede suscribir de manera independiente, también es frecuente que, cuando se adquiere una vivienda, sobre todo si es la que va a ser la residencia habitual, la entidad bancaria recomiende que se contraten una serie de productos que protejan al cliente y/o a la vivienda. El interés para ambas partes es muy relevante, puesto que, de este modo, se protege el propio contrato hipotecario, ya que se garantiza el abono de las cuotas restantes en caso de que al cliente le suceda una incidencia grave e inesperada. Así, la familia quedaría cubierta y sin endeudarse por este motivo, evitando tener que tomar decisiones drásticas para afrontar los pagos pendientes.

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No son obligatorios, sí recomendables

De acuerdo tanto a la Ley Hipotecaria vigente en España como a la Ley de Contrato de Seguro, no es obligatorio, bajo ninguna circunstancia, suscribir este seguro combinado a una hipoteca. En todo caso, este producto ofrece al cliente una serie de ventajas muy destacables, como, por ejemplo, la flexibilidad, es decir, que permite acomodar las aportaciones para que se amolde a sus necesidades y a su economía familiar. Las entidades bancarias facilitan que se pueda realizar desde un único pago hasta el abono de cuotas periódicas, por ejemplo, de carácter mensual. 

En este contexto, los seguros de vida incorporan algunas garantías adicionales relacionadas con la salud que son importantes.

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Otro importante beneficio es que aportan una gran estabilidad a la economía familiar, en el sentido de que, gracias a este seguro, se garantiza el pago de cualquier deuda pendiente si le ocurre algo grave al suscriptor, evitando que, además de la lógica afectación por lo ocurrido a su ser querido, deban afrontar el pago de, por ejemplo, una hipoteca a la que todavía le quede una importante cantidad de dinero pendiente.

¿Es posible cancelarlo?

Con carácter habitual, son los bancos los que ofrecen contratar un seguro de vida combinado a una hipoteca, aunque existe otra vía complementaria para suscribirlo, que es el canal asegurador. En realidad, las coberturas que se ofrecen son ciertamente semejantes, por lo que debe ser cada usuario, en base a sus necesidades o al precio, quien escoja uno tras comparar entre diferentes productos. De todos modos, sí que es cierto que, por regla general, una entidad bancaria puede personalizar más este tipo de seguros para sus clientes, dado que, al contar con una relación previa con ellos, suele poseer mayor información y puede intentar ajustarlo lo máximo posible a sus situaciones particulares.

También puede ocurrir que, en un momento dado, el suscriptor tome la decisión de cambiar o anular el seguro de vida, por ejemplo, si considera que es demasiado caro. Y está en pleno derecho de hacerlo, dado que no existe ninguna condición legal que le obligue a mantenerlo, si bien, en todo caso, no es aconsejable dejar en ningún momento la hipoteca sin seguro de vida, de cara a cualquier imprevisto que pueda ocurrir.

En este punto, cabe destacar que el seguro de vida combinado a una hipoteca puede adaptarse a la evolución del préstamo, de modo que, a medida que los pagos se van reduciendo, el crédito cubierto por la póliza es menor. En este sentido, existen dos tipos de seguros de vida: aquellos con un capital asegurado constante, donde el dinero asegurado es siempre el mismo; y aquellos que gozan de un capital decreciente, en los que el capital asegurado se ajusta al capital pendiente de acuerdo al tipo de interés acordado.

Como en otras situaciones, lo mejor que se puede hacer es recurrir al asesoramiento profesional.

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Fotografía de Priscilla Du Preez en Unsplash
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