matricula-
Conoce nuestros productos para Particulares
Cuentas bancarias Tarjetas bancarias Hipotecas Préstamos y créditos Ahorro Inversión Jubilación Seguros Renting Coches
Hazte cliente y crea tu cuenta1 en menos de 10 minutos con tu móvil
Abre tu cuenta online
1 Consulta el documento informativo de las comisiones
Buscador de oficinas Pide cita
Centro de ayuda Contacto
Volver
Tu hogar, tu coche y otros
La importancia de contratar un seguro de vida
José Manuel Veiga, Director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros - Wed Aug 23 08:47:52 CEST 2023
Compartir

Los seguros de vida garantizan la tranquilidad económica de los seres queridos del tomador ante cualquier incidencia grave.

El objetivo principal de un seguro de vida es el de aportar tranquilidad económica a los seres queridos del asegurado y a él mismo cuando ocurre una incidencia grave, gracias a que cubre los riesgos de invalidez permanente absoluta o fallecimiento. Es decir, que en los momentos más difíciles, este tipo de producto de protección puede convertirse en una de las ayudas económicas principales para muchos hogares. Según José Manuel Veiga, director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros, “un seguro de vida ofrece la tranquilidad de saber que pase lo que pase, una familia va a intentar poder mantener el nivel de vida durante el tiempo necesario para readaptarse a la nueva situación. Este punto es especialmente importante cuando existen deudas o un préstamo hipotecario”.

Es decir, que un seguro de vida ofrece protección económica a la familia del asegurado en caso de producirse una invalidez permanente absoluta o su fallecimiento, de modo que, por ejemplo, se pueda hacer frente al pago de una hipoteca o de un préstamo, o que ayude a garantizar el futuro de los hijos con la protección adecuada ante estas complicadas situaciones. Además, ​​en caso de invalidez permanente absoluta, la protección económica puede ayudar a adaptar la vivienda, disponiendo de los ingresos que ya no entrarán en la unidad familiar.

Puede interesarte: ¿Todavía no tienes un seguro de vida? Déjate asesorar y contrata el seguro de vida que mejor se adapta a tus necesidades

Coberturas ajustadas a las necesidades reales

Existen en el mercado pólizas de vida que ofrecen un amplio abanico de coberturas. Por ejemplo, en el caso de Life Care de BanSabadell Seguros, están incluidos los servicios de orientación médica las 24 horas sin límite, la opción de solicitar una segunda opinión médica internacional siempre que se necesite, la atención por parte de un equipo de psicólogos o un asesoramiento personalizado sobre nutrición, alergias y alimentación infantil. En palabras de Veiga, “un seguro de vida aporta tranquilidad protegiendo lo que más valoran los clientes. El seguro de vida Life Care, además del fallecimiento, cubre la incapacidad permanente absoluta, ya sea por accidente o por enfermedad. Tras la experiencia vivida con la pandemia de la COVID-19, se hace indispensable disponer de un respaldo económico ante cualquier imprevisto que pueda surgir”.
 

El seguro de vida cubre la
invalidez permanente absoluta o el
fallecimiento, y ofrece otras
garantías complementarias
adaptadas a las necesidades de
cada persona 

 

De hecho, existen pólizas con coberturas que permiten solicitar un anticipo del capital en el caso de padecer enfermedades graves como, por ejemplo, cáncer de mama. Como recalca el director de Seguros de Protección de BanSabadell Seguros, además del fallecimiento, “es igual de importante disponer de la cobertura de incapacidad permanente absoluta. Ante esta situación, el asegurado no podrá realizar trabajo remunerado alguno y además puede llevar implícitos ciertos gastos como los médicos o de adaptación de elementos del día a día como la vivienda o el coche”. 

Situación fiscal de los seguros de vida

Al cobrar un seguro de vida hay que pagar impuestos, aunque el tratamiento fiscal difiere según quien sea el beneficiario. Si el tomador y el beneficiario son la misma persona, se tributa por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Si se trata de personas diferentes, hay que tributar el dinero por el impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD), como donación.

La cantidad de impuestos a pagar varía de acuerdo a la cuantía que se cobre y según la razón que la motive, ya que difiere si es por invalidez permanente absoluta o fallecimiento:

  • Incapacidad: se declara por rendimientos de capital mobiliario. Los primeros 6.000 euros a cobrar se someten a un tipo del 19%; a partir de esta cantidad y hasta 50.000 euros, tributan por el 21%; desde 50.001 euros en adelante, se aplica el 23%.
  • Fallecimiento: hay que tributar por el ISD, y los impuestos a pagar varían según el grado de parentesco del beneficiario con el fallecido, su edad o si sufre alguna minusvalía. Por ejemplo, si el beneficiario tiene una minusvalía de entre el 33% y el 65%, goza de una reducción menor que en el caso de poseer una minusvalía mayor del 65%, en donde se aplicará la reducción máxima. A los hijos del fallecido menores de 21 años también se les aplicará la reducción máxima prevista.

Además, si el seguro de vida está ligado a una hipoteca, está permitido desgravarse hasta el 15% de lo destinado a la compra de una vivienda sobre una base máxima de 9.040 euros, aunque la adquisición debió haberse realizado antes del 1 de enero de 2013, explica Veiga. En el caso de los seguros de vida para autónomos, estos pueden incluir el pago de las primas en su declaración de la Renta hasta un máximo de 500 euros si el tomador y el beneficiario son la misma persona.

Bonificaciones que, aunque relevantes, son insuficientes para Veiga, que señala que, para incentivar la contratación de seguros de vida en España “se debería potenciar la deducción fiscal de las primas de los seguros. Además, las prestaciones de fallecimiento y de incapacidad deberían estar más bonificadas a nivel fiscal para el ISD y el IRPF, respectivamente”.

Ante cualquier duda sobre la contratación de un seguro de vida, lo más oportuno es contar con el asesoramiento del gestor, que responderá cualquier duda que pueda surgir y orientará sobre el producto que mejor responda a las necesidades de cada persona.

Seguro mediado por BanSabadell Mediación, Operador de Banca Seguros Vinculado del Grupo Banco Sabadell, S.A., NIF A03424223, con domicilio en avda. Óscar Esplà, 37, 03007 Alicante, inscrita en el R.M. de Alicante, y en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la DGSyFP con clave n. OV-0004, actuando para BanSabadell Vida, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, teniendo suscrito un seguro de responsabilidad civil conforme a lo dispuesto en la normativa de distribución de seguros y reaseguros privados vigente en cada momento. Puedes consultar las entidades aseguradoras con las que BanSabadell Mediación ha celebrado un contrato de agencia de seguros en la web www.bancosabadell.com/bsmediacion

Fotografía de Bobbi Wu Bobbi Wu en Unsplash.

Compartir


Link
matricula-

Protege lo que más quieres

Descubre nuestros seguros de salud, hogar, auto, vida y accidentes, y decesos.

Saber másSaber más