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Jubilación parcial, qué es y qué beneficios aporta

Fri May 28 14:14:39 CEST 2021

Aunque por sus requisitos no está al alcance de muchos trabajadores, la jubilación parcial goza de algunas ventajas económicas que conviene tener en cuenta

Según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la pensión media de jubilación en España se situó en abril en los 1.186,87 euros brutos mensuales. El gasto anual de la Administración contemplado en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) solo en pensiones contributivas ronda los 150.000 millones de euros, si bien, en los últimos años, habitualmente se ha utilizado el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, más conocido como la hucha de las pensiones, para abonar las dos pagas extra a las que tienen derecho los jubilados en julio y diciembre. Las previsiones para los próximos años son que estas cifras de gasto crezcan a tenor de la próxima retirada de la generación del baby boom, el colectivo más numeroso en la historia de España.

Así la próxima reforma de las pensiones figura como uno de los compromisos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que el Gobierno envió a Bruselas a finales de abril como condición para acceder al Fondo de Recuperación Europeo, también conocido como Next Generation EU. Según el PRTR, la reforma vinculará la cuantía de las pensiones con la esperanza de vida, lo que implicará en la práctica una reducción de las prestaciones según evolucione la expectativa vital de los pensionistas. Esto se materializará mediante un “mecanismo de equidad intergeneracional” que incorporará, además de la evolución de la esperanza de vida, “otros indicadores complementarios”, como establece el documento, y que, aunque no se especifican, servirán, junto al aumento de las bases de cotización, para hacer descender la cuantía media de las pensiones de jubilación ordinarias, de cara a aumentar la viabilidad futura del sistema público de pensiones.

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La alternativa de la jubilación parcial

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación en 2021 hay que cumplir una serie de requisitos, como estar dado de alta o en situación de asimilación en el Régimen General de la Seguridad Social, haber cotizado, por lo menos, durante 15 años, de los que dos tienen necesariamente que estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores a causar derecho a la pensión; y haber cumplido 66 años o 65 años en el caso de poder acreditarse, al menos, 37 años y tres meses de cotización. En cualquier caso, existen modalidades de jubilación que modifican estos preceptos, como son la jubilación flexible o la parcial. Sin embargo, es esta última la que, desde un punto de vista económico, suele interesar más a los receptores, habida cuenta de las ventajas que conlleva.

La jubilación parcial consiste en la adquisición de un porcentaje de la pensión que corresponde al trabajador mientras ejerce un trabajo a tiempo parcial por el que recibe una remuneración. Las principales condiciones para optar a esta modalidad son tener una edad igual o superior a los 62 años y ocho meses, y haber cotizado 33 años; o bien, contar con 61 años y 10 meses en el caso de haber cotizado durante 35 años o más. De acuerdo a la normativa vigente, hay que fijar una reducción de la jornada laboral de entre el 25% y el 50%, sin que haya necesidad de establecer con carácter simultáneo un contrato de relevo. Está previsto, además, que dicha reducción pueda extenderse hasta el 75% si el trabajador relevista es contratado a jornada completa por medio de un contrato de duración indefinida.

La jubilación parcial es compatible tanto con los contratos y los trabajos a tiempo parcial anteriores a la solicitud de entrada en esta modalidad de jubilación, como con los trabajos concertados después de su solicitud sin que pueda aumentarse la duración de la jornada que se realizaba. En esta línea, está permitido compatibilizar esta modalidad de jubilación con otras prestaciones por desempleo y pensiones de viudedad derivadas de trabajos a tiempo parcial que se hubieran generado con carácter previo a acogerse a ella.

Desde el plano económico, la jubilación parcial es una alternativa que puede resultar interesante, ya que ofrece al trabajador la opción de reducir su jornada laboral (aunque manteniendo un salario) mientras recibe un porcentaje de la pensión que no puede, en ningún caso, encontrarse por debajo de la pensión mínima vigente en ese momento. Cabe recordar en relación a las pensiones mínimas que, en la actualidad, aquellas personas que tengan menos de 65 años, si disponen de cónyuge a cargo, recibirán 797,9 euros mensuales (11.170 euros al año). En el caso de tener cónyuge pero no a cargo, la pensión mínima es de 689,7 euros (9.655,8 euros al año). En el supuesto de no disponer de cónyuge, la cuantía mensual de la pensión mínima es de 645,3 euros (que, anualmente, son 9.034,2 euros).

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Sin coeficientes de reducción

La jubilación parcial es la única modalidad de jubilación en España a la que no se aplica ningún coeficiente de reducción, lo que significa que la cuantía de estas pensiones es proporcionalmente mayor que en el resto. Sin embargo, al igual que cualquier pensión contributiva, la pensión de jubilación parcial se revaloriza cada año en la misma proporción que las otras modalidades.

La jubilación parcial es la única modalidad de jubilación en España a la que no se aplica ningún coeficiente de reducción

El principal problema de la jubilación parcial es que, en general, resulta muy complicado para la mayoría de los trabajadores acogerse a ella, ya que los requisitos son muy exigentes. Esto es así porque, para la Administración, esta modalidad de jubilación tiene un coste económico elevado al no aplicarse ningún coeficiente reductor, con el gasto extra que ello conlleva para el sistema de pensiones. Además, es preciso subrayar que tanto las pensiones de incapacidad permanente o absoluta como las de gran invalidez son incompatibles con la jubilación parcial, así como cualquier otra pensión por jubilación derivada de otra actividad que se lleve a cabo en el contrato a tiempo parcial.

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Otras opciones más allá de la jubilación ordinaria

Además de la jubilación parcial, existen otras posibilidades más allá de la jubilación ordinaria para los trabajadores. Una de las más populares es la jubilación anticipada, que se da, o bien por el cese en el trabajo de una persona por una causa que no puede ser imputada al trabajador o por su propia voluntad. Para el primer caso, el principal requisito es haber sido despedido por razones objetivas y haber cotizado al menos 33 años habiendo cursado demanda de empleo al menos seis meses antes de solicitar la jubilación. Si es por voluntad propia, el trabajador debe contar con dos años menos de la edad legal de jubilación y haber cotizado por los menos durante 35 años, debiendo estar dos de esos años dentro de los 15 años previos a la solicitud de jubilación. Algunas profesiones de riesgo o que conlleven prácticas peligrosas, penosas, tóxicas o insalubres también pueden solicitarla según las condiciones particulares de cada caso.

Otra opción es, por ejemplo, la jubilación flexible, que permite compatibilizar la pensión de jubilación con un contrato cuya modalidad sea de tiempo parcial, dentro de unos límites establecidos. A diferencia de la jubilación parcial, la jubilación flexible se lleva a cabo una vez el trabajador ha cumplido la edad necesaria y ha hecho efectiva su jubilación. Otra modalidad es la jubilación activa, en la que es posible seguir trabajando con cualquier tipo de jornada, obteniendo cada mes el 50% de la pensión que correspondería según la jubilación ordinaria. Como requisitos, debe haberse cumplido la edad de jubilación vigente y haber cotizado el tiempo mínimo que se exigiría para disfrutar del 100% de la base reguladora.

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