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Tipos de órdenes para operar en Bolsa

Wed Nov 04 13:32:14 CET 2020

Las órdenes ‘limitadas’, ‘de mercado’ y ‘por lo mejor’ ayudan al inversor a operar con mayor seguridad, sin tener que estar continuamente pendiente de los precios de las acciones

Qué cantidad se quiere destinar y qué nivel de pérdidas máximo se está dispuesto a asumir. Cualquier persona que tome la decisión de invertir debe plantearse esos dos factores, que son los que le permitirán realizar el siguiente paso: enviar una orden de compra o venta al mercado. Aunque a simple vista pueda resultar una tarea sencilla, muchos inversores no tienen en cuenta que hay diferentes tipos de órdenes que otorgan ciertas facilidades a la hora de operar y de poder controlar los riesgos.

En primer lugar, es necesario hacer referencia al Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE), donde tiene lugar la mayor parte de la negociación en el mercado bursátil. En este no solo se negocian acciones, sino que también dispone de segmentos especiales para valores de renta fija, warrants y otros productos. El SIBE conecta en tiempo real las cuatro bolsas españolas, la de Madrid, la de Barcelona, la de Bilbao y la de Valencia, lo que permite que exista un único libro de órdenes para cada valor. Un aspecto que deben tener en cuenta los inversores es que toda la información relacionada con las negociaciones y los precios de compra y venta en cada momento se difunde en tiempo real.

¿Por qué operar con una orden?

Tener un sistema automático ayuda a que se pueda operar tranquilo y no se tenga que estar pendiente de los precios continuamente. No se trata de una herramienta que está enfocada solo para especuladores, sino que cualquier inversor puede utilizarla correctamente en su operativa habitual. Gracias a las órdenes de mercado se pueden comprar o vender las acciones al precio que marca la bolsa justo en ese momento, ya que son prácticamente instantáneas.  

Por tanto, el objetivo principal que persigue esta funcionalidad es el de ejecutar la operación lo antes posible. Lo recomendable es que se utilice cuando se tenga prisa por comprar o vender.

Antes de hablar de los tipos de órdenes, hay que recordar que al introducirla se pedirá la duración o la validez de la misma y el número de títulos. Normalmente, el sistema de negociación fija la validez para el día en curso, por lo que si se desea ampliar la duración, se tendrá que hacer al introducir la orden.

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Órdenes limitadas

Este tipo de orden establece un precio máximo para la compra y un mínimo para la venta. De esta manera, en el primer caso solo se ejecutaría a un precio igual o inferior al fijado y en el segundo a uno igual o superior. Las órdenes limitadas se pueden introducir tanto en períodos de subasta como de mercado abierto.

Cuando el inversor establece este tipo de orden debe tener en cuenta que se ejecuta tanto total como parcialmente y de forma inmediata si se encuentra contrapartida a ese precio fijado o a uno mejor. Por tanto, si no hay contrapartida o si la que hay no llega a cubrir el volumen suficiente, la parte restante de la orden quedaría en el libro a la espera de que haya.

La orden limitada está indicada para aquel inversor que prefiere asegurar el precio sin que le preocupe la rapidez de la ejecución, ya que su objetivo no es la inmediatez.

Órdenes de mercado

Las órdenes de mercado no especifican un límite de precio, no se fija ni de compra ni de venta, sino que se negociará al mejor precio que ofrezca la otra parte en el momento en el que se introduzca la orden. Como en el caso anterior, se pueden introducir tanto en períodos de subasta como de mercado abierto.

En este caso, el inversor corre el riesgo de no controlar el precio de la ejecución y, por tanto, si la orden no se puede ejecutar en su totalidad con la mejor del lado contrario, la parte restante se seguirá realizando a los siguientes precios ofrecidos. En este sentido, lo hará en tantos tramos como sea necesario hasta que llegue a completarse, aunque lo habitual es que se ejecuten inmediatamente, aun siendo en partes.

Cuando el inversor tome la decisión de establecer las órdenes de mercado debe tener en cuenta que cada ejecución parcial es una operación distinta, por lo que los costes pueden aumentar de forma notable si la comisión tiene un mínimo. Además, si los precios de las ejecuciones parciales difieren entre sí más de 0,5 euros será necesario formalizarlas mediante más de una operación de mercado, lo que a su vez podría encarecer los costes totales de la orden.

Por tanto, las órdenes de mercado son útiles cuando el inversor esté más interesado en realizar la operación que en tratar de obtener un precio favorable.

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Órdenes por lo mejor

Las órdenes por lo mejor se introducen sin precio, ya que, como su propio nombre indica, la negociación se va a realizar al mejor precio de contrapartida del momento en que se introduce. De nuevo, se pueden introducir tanto en períodos de subasta como de mercado abierto.

A diferencia de las órdenes de mercado, en esta ocasión, cuando no hay un volumen suficiente para atender la totalidad de la orden al mejor precio, la parte satisfecha quedará limitada a ese precio, es decir, no podrá cruzarse a otro más desfavorable. Este tipo de orden está indicada para cuando el inversor quiera asegurar una ejecución inmediata pero también busca ejercer cierto control sobre el precio.

Órdenes stop

Además de los tres tipos citados, algunas entidades ofrecen otras órdenes a los inversores, como las stop. Estas no se pueden introducir de forma directa al mercado, ya que no están previstas en la plataforma del SIBE, por lo que las entidades deben establecer mecanismos necesarios para gestionarlas correctamente.

Las órdenes stop son aquellas que permiten tomar posiciones automatizando el nivel de entrada o salida. Por tanto, se introducen al mercado únicamente si el precio alcanza un objetivo, lo que permite conservar una posición siempre que el precio no alcance unos niveles determinados en los que se entiende que se debe deshacer la operación. De forma sencilla, actúan como una orden a mercado que se activa cuando el precio alcanza un determinado valor.

Normalmente, la orden stop se utiliza como protección ante caídas, para preservar el capital si la inversión va en contra de lo que esperábamos o, lo que es lo mismo, para limitar las pérdidas. En definitiva, sirve para indicar hasta qué precio estamos dispuestos a conservar las acciones sin vender. Se distinguen dos tipos:

  • Stop loss: la posición se cierra si el valor alcanza un punto donde reconoce que el inversor se ha equivocado en la estrategia. En otras palabras, a qué precio se quiere vender para deshacerse de las acciones y no perder demasiado.
  • Stop profit: por el contrario, esta orden se cierra cuando se alcanza el objetivo. Aunque se vaya ganando con la inversión, se puede fijar un stop para consolidar las ganancias y evitar que se conviertan en pérdidas. 

Condiciones de ejecución de las órdenes

Además de los distintos tipos de órdenes, hay otro parámetro que debe tener en cuenta el inversor. Se trata de la posibilidad de fijar restricciones o condiciones sobre la orden que, normalmente, van ligadas a su plazo de validez. Se encuentran las siguientes:

  • Day: orden que expira al final del día.
  • Good Till Canceled (GTC): está activa en el mercado hasta que se ejecuta o hasta que se cancele de forma manual.
  • Good Till Day (GTD): mientras no se ejecute, permanece activa hasta una fecha concreta.
  • At the Opening (ATO): se ejecuta justo al inicio de la sesión. Si no puede ejecutarse, se cancela.
  • At the Close (ATC): se ejecuta justo al cierre de la sesión. Si no puede ejecutarse, se cancela.
  • Inmediate or Cancel (IOC): se ejecuta total o parcialmente en el momento de introducirse la orden, en caso contrario, se cancela.
  • All or None (AON): o se ejecutan en su totalidad o se rechazan. Esto es un tipo de orden especial con un volumen mínimo y ese mínimo es la totalidad de las acciones.
  • Fill or Kill (FOK): se ejecutan de forma automática para que exista contrapartida en el momento de la introducción y la parte no ejecutada queda eliminada del sistema.
  • Volumen mínimo: cuando se entra al mercado se debe ejecutar una cantidad mínima especificada. Si no se hace así, el sistema la rechaza.
  • Volumen oculto: esta condición se puede añadir en las órdenes limitadas, de mercado y por lo mejor. Se introduce mostrando al sistema solo una parte del volumen a negociar y, una vez ejecutada esa parte, el resto va saliendo al mercado en paquetes del mismo volumen que el primero. Esta posibilidad se suele utilizar cuando hay órdenes de gran tamaño, de manera que no se aprecie el interés en comprar o vender una gran cantidad, evitando movimientos adversos contra el valor. 

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Fotografía de Mike en Pexels
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