Comprar y vender por internet es una opción cada vez más popular entre la población española. Plataformas como Wallapop, Amazon o Ebay se han convertido en auténticos mercados virtuales donde se puede encontrar casi de todo. Las ventajas son indudables para las dos partes. Para los vendedores, porque se trata de una fuente de ingresos adicional por deshacerse de los productos que ya no utilizan; y para los compradores, porque pueden adquirir bienes a un precio más reducido.
Pero, ¿qué dice Hacienda de estas transacciones? Pues lo cierto es que mucho, aunque no lo parezca. Todas las operaciones de compraventa entre particulares tienen que ser declaradas, y las realizadas a través internet no iban a ser una excepción.
Qué impuestos debo pagar al comprar por internet
La norma general es que quien compra debe pagar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales), en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas. Cuya competencia corresponde a las comunidades autónomas. El ITP afecta a las compras de productos usados, sin importar cuál sea su cuantía.
El tipo impositivo es del 4%, a no ser que exista una regulación a nivel autonómico que indique un tipo diferente. Este es el caso de Cataluña, Galicia y la Comunidad Valenciana, donde el ITP es del 10%.
¿Y qué pasa si decido no pagar el impuesto? Al quedar un registro de la transacción en la plataforma, Hacienda lo tiene fácil para detectar posibles fraudes. Sin embargo, en la práctica, y dado que la entrega del producto se hace en persona, es difícil controlar de forma rigurosa estas operaciones.
En este caso, al ser una operación entre particulares, la transacción está exenta del pago del IVA, que se reserva para la adquisición de artículos nuevos y en las que interviene un empresario o autónomo.
¿Cómo declarar el impuesto? Las transmisiones patrimoniales deben declararse con el Modelo 600 de la Agencia Tributaria (AEAT), que es el que deberá presentar el comprador de la mercancía.
Qué impuestos debo pagar al vender por internet
El vendedor tampoco se libra de rendir cuentas ante el fisco. Quien vende por internet también tiene que pagar impuestos. En este caso, el contribuyente deberá declarar el IRPF de la ganancia obtenida, siempre que sea positiva, ya que se considera un incremento patrimonial. Eso sí, siempre y cuando lo haya vendido a un precio superior al que lo compró.
Por eso mismo, en la práctica totalidad de ocasiones, el contribuyente no deberá declarar esta ganancia, porque los productos se venden normalmente a un precio inferior al de su compra, salvo en el caso de bienes que son susceptibles de revalorización, como el caso de las obras de arte, algunos vehículos o las viviendas.
¿Cómo declarar el impuesto? La declaración del incremento patrimonial deberá hacerse a través de la declaración de la renta, entre los meses de abril a junio del ejercicio correspondiente.
Cómo evitar problemas con Hacienda
El consejo de los expertos es guardar toda la documentación que acredite la transacción, desde correos electrónicos, facturas, mensajes e incluso pantallazos de la propia web para demostrar que se ha llevado a cabo (o que no). Toda esta información puede servir de prueba ante una inspección de Hacienda.
De este modo, evitaremos que algo tan habitual como una transacción entre particulares acabe provocándonos verdaderos quebraderos de cabeza ante Hacienda. Porque sí, aunque mucha gente piense lo contrario, las transacciones entre particulares de productos de segunda mano también hay que declararlas.