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Medios de pago en el comercio exterior: qué tener en cuenta
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Internacionalización y Competencia
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Medios de pago en el comercio exterior: qué tener en cuenta

Wed Sep 14 09:46:33 CEST 2022

La seguridad y el coste de la operación son las variables a tener en cuenta a la hora de elegir un método de pago para el comercio internacional.

Las empresas que venden sus productos y servicios en el extranjero se enfrentan a retos muy diferentes a los que deben afrontar en el territorio nacional. Uno de ellos es el de conocer los distintos medios de pago que existen en el comercio internacional y sus peculiaridades. Dependiendo de las necesidades de la empresa y de sus clientes, de su sector de actividad y su ubicación geográfica, conviene elegir un medio de pago u otro.

Tipos de medios de pago en el comercio exterior

La seguridad y el coste son los dos criterios que debe tener en cuenta una empresa para decantarse por un medio de pago en las operaciones de importación y de exportación. En virtud de ellos, los medios de pago en el comercio exterior se pueden clasificar entre métodos de pago simples y documentarios.

Métodos de pago simples

Son aquellos en los que el envío de dinero no está condicionado por la presentación de documentos, sino por el envío de la mercancía. Estos pagos se pueden efectuar antes o después de la entrega de la mercancía, y pueden realizarse a través de:

  • Cheque. Puede tratarse de un cheque personal o nominativo, que es el más seguro, ya que en él figura el vendedor como único beneficiario. Otra variante son los cheques bancarios, en los que una entidad emite un cheque avalando la solvencia del comprador, comprometiéndose a abonar el dinero al vendedor.
  • Remesa simple. La empresa vendedora le remite a su banco un documento de cobro que detalla el importe de la operación, el plazo del pago y la divisa acordada. La entidad bancaria se ocupa de gestionar el cobro pero, a diferencia del cheque bancario, sin respaldar el pago.
  • Orden de pago simple. Se trata de un medio de pago sencillo, rápido y seguro. A través de él, el cliente le ordena a su banco efectuar una transferencia internacional al vendedor. Puede ser una transferencia directa, cuando el importe va a la cuenta del vendedor; o indirecta, si el dinero se envía a través de otro banco.

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Métodos de pago documentarios

Los métodos de pago documentarios están vinculados con la entrega de documentos. El cobro se realiza al mismo tiempo que se entrega la mercancía. De este modo, se minimizan los riesgos para ambas partes, aunque exigen una importante intervención de los bancos para coordinar la operación, lo que obliga a las empresas a pagar algunas comisiones. Estos son algunos de los métodos de pago documentarios:

  • Orden de pago documentaria. El cliente ordena a su banco que, una vez recibidos los documentos de la operación y enviada la mercancía, le transfiera al vendedor el importe de la compra. Este método de pago se puede revocar.
  • Crédito documentario. Ambas partes pactan unas condiciones para cerrar la operación de compraventa y se las trasladan a sus respectivos bancos. El banco del comprador es el encargado de efectuar la transferencia al banco del vendedor una vez que se asegure de que las condiciones pactadas se han cumplido y la mercancía ha sido enviada.
  • Remesa documentaria. Es un método de pago utilizado cuando el vendedor no confía lo suficiente en el comprador como para enviarle la mercancía antes de recibir el dinero. El vendedor entrega a su banco la factura de la operación, y este le envía el mismo documento a la entidad bancaria del comprador, que entregará la factura al comprador una vez que este haya abonado el importe.
  • Obligación de pago bancaria. Es un sistema automatizado en el que las entidades bancarias de ambas partes se comprometen a ejecutar el pago en una fecha concreta, siempre y cuando se hayan cumplido las condiciones acordadas. Es un sistema promovido por la Cámara de Comercio Internacional (ICC, por sus siglas en inglés), conocido también como Bank Payment Obligation (BPO).
  • Aval y garantía. Es un compromiso suscrito por el banco del cliente para que, en caso de que este incurra en un impago, sea la propia entidad la que se haga responsable de abonar el importe.

En caso de duda, lo mejor para una empresa que empieza con su proceso de internacionalización es consultar con un experto. De este modo, la compañía puede obtener asesoramiento personalizado para saber qué medios de pago son más adecuados en función de sus necesidades.

¿Quieres que un experto te aconseje sin ningún tipo de compromiso sobre qué le conviene más a tu empresa? Déjate asesorar por un especialista.

 
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