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Ingreso Mínimo Vital: impacto en el empleo y el consumo

Thu Jul 16 09:43:24 CEST 2020

El Gobierno ha puesto en marcha esta medida que tendrá efectos positivos en el mercado laboral y en el consumo de bienes de primera necesidad, pero que requerirá de mecanismos eficaces de inserción laboral, así como de vigilancia y control.

La crisis de la COVID-19, al igual que otras crisis, provoca un mayor impacto sobre aquellos colectivos más vulnerables. Según datos de Eurostat, la tasa del riesgo de pobreza dentro del segmento de desempleados ha crecido 15,5 puntos en la última década, hasta alcanzar el 46,8% de parados en situación de riesgo de pobreza relativa. Y tal y como señala el Banco de España, nuestro país se enfrenta a esta recesión con un nivel de desigualdad claramente por encima del que se registraba antes de la crisis de 2008. En este contexto, el Gobierno ha puesto en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social que, según las previsiones del ejecutivo, beneficiará a más de 2,3 millones de personas. Su financiación se hará vía Presupuestos del Estado (al igual que todas las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social) y tendrá un coste anual de 3.000 millones de euros.

La cuantía de la renta mínima va desde los 461,5 euros para un adulto que viva solo y hasta un máximo de 1.015 euros para hogares de cinco miembros (dos adultos con tres hijos o tres adultos y dos niños). La cuantía inicial se amplía en 139 euros por persona adicional. En el caso de las familias monoparentales se les garantiza una renta de entre 700 y 977 euros, dependiendo del número de hijos. Estos hogares tienen un complemento de 100 euros. Con lo cual, para el ejercicio 2020, la cuantía anual de renta garantizada en el caso de un beneficiario individual asciende a 5.538 euros.

El Gobierno ha diseñado esta medida como una herramienta de inclusión, muy ligada a las Políticas Activas de Empleo. Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), para aquellas personas en exclusión social, esta prestación servirá como palanca para su participación en la vida económica y social de forma más plena. Es decir, según las previsiones del Ejecutivo, el IMV tendrá un efecto positivo en el consumo (por el aumento de las rentas disponibles de las familias) y en el empleo (a través de medidas de inserción laboral). 

Medidas como esta, incluidas en las políticas de renta del Gobierno (junto con la línea de avales ICO, el seguro de paro o los ERTE), tienen como objetivo suavizar la caída del consumo y evitar que muchas empresas, especialmente autónomos y pymes, que dependen en buena medida de este tipo de gasto de primera necesidad se vean mitigados. En familias en situación de carencia severa, la capacidad de ahorro es prácticamente nula y es muy probable que toda esta prestación se destine al consumo de bienes de primera necesidad (alimentación, ropa y calzado, material escolar y suministros, entre otros). 

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Además, el IMV impactará en el mercado laboral español. Se trata de una medida que es compatible con el empleo, pero solo durante un tiempo determinado, si bien, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aún no ha definido cuáles serán estos plazos. Esta compatibilidad tiene por objeto no desincentivar la búsqueda de empleo, y evitar las llamadas ‘trampas de la pobreza’, es decir, que el hecho de percibir una prestación desincentive la búsqueda de empleo.

Todo ello ha condicionado el diseño de la medida, que introduce itinerarios de inclusión flexibles y adaptados a la situación de los beneficiarios. Las comunidades autónomas y las entidades locales tendrán un papel fundamental en la elaboración de estos itinerarios, para lo cual también contarán con la colaboración del sector privado. El Real Decreto-ley del IMV incluye la posibilidad de establecer un Sello de Inclusión Social que acredite a todas aquellas empresas que ofrecen oportunidades de empleo y formación a los perceptores de la prestación. Asimismo, según recoge el texto oficial, contar con trabajadores beneficiarios del IMV, servirá como criterio de desempate ante un concurso público, unido a los criterios sociales que ya figuran en la Ley de Contratos del Sector Público. 

Así pues, los mecanismos de inserción laboral son imprescindibles y es fundamental que los incentivos al empleo se elaboren cuanto antes. Según un documento elaborado por Fedea, que analiza las medidas de protección a los colectivos vulnerables puestas en marcha como consecuencia de la COVID-19, estos incentivos se deberían diseñar teniendo en cuenta los siguientes elementos: 

  • Funcionar como un ‘negative income tax’ o un ‘complemento salarial’, es decir definirse de tal forma que un euro más obtenido por horas de trabajo suponga una pérdida de menos de un euro de prestación y un euro menos obtenido por horas de empleo suponga un aumento de menos de un euro de la prestación. 
  • Acompañar de mecanismos de control para evitar transiciones entre empleo y desempleo, controlando tanto a los beneficiarios como a las empresas que colaboran en ese fraude. 
  • Definir puertas de entrada y salida flexibles para evitar que se rechacen ofertas laborales por el temor a perder la prestación si el tiempo para volver a entrar en el programa es demasiado largo e inflexible.
  • Conseguir que los perceptores de la prestación tengan acceso a unos servicios públicos de empleo reforzados, y sigan itinerarios de formación de calidad. 
  • Además, para colectivos como las familias monoparentales, la incorporación al mercado laboral depende de la disponibilidad de guarderías y de oportunidades de conciliación entre vida personal y laboral. 

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En este contexto, serán de gran importancia los mecanismos de vigilancia y control para evitar que la percepción del IMV suponga un desincentivo a la hora de aceptar un empleo o incluso, un desplazamiento de algunas actividades a la economía sumergida. Así lo ha advertido el Banco de España en su Informe Anual 2019, en el que si bien reconoce que esta medida “puede constituir una herramienta útil para reducir el nivel de pobreza extrema de colectivos con dificultades estructurales especiales”, también añade que es conveniente vigilar que no se acaben produciendo otros efectos como, por ejemplo, “en términos de la capacidad futura de los beneficiarios de generar ingresos o del desplazamiento de determinadas actividades a sectores informales”.
 
 
Fotografía de Denis Umpleby en Unplash
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