Herencias: Calcula el valor de referencia de un inmueble | EDE
movi-image-impuesto-transacciones-sucesiones-2022-1
Envíanos sugerencias
Vivienda
4 min de tu tiempo

Herencias: Calcula el valor de referencia de un inmueble

Thu Aug 12 08:19:36 CEST 2021

Con la aprobación de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, el valor de referencia de los inmuebles será el que marque el catastro y no el valor real, como hasta ahora

La aprobación del Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal trae novedades para el sector inmobiliario. Esta norma incluye un cambio en la base imponible de varios impuestos con el objetivo de dar mayor seguridad jurídica. Y, entre ellos, se encuentran el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITP), el impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) y el impuesto sobre sucesiones y donaciones.

La aprobación de esta normativa conlleva la aplicación de un nuevo valor de referencia de los bienes inmuebles. Hasta ahora, la base imponible de dichos impuestos era el valor real, un valor que se equiparaba al precio de compraventa o a un valor objetivo asignado por las comunidades autónomas en función de factores como el precio de la zona.

Con la entrada en vigor de esta ley, el valor de referencia será el valor de mercado, es decir, el que marque la Dirección General del Catastro y, por tanto, se convertirá en la base imponible de los tributos patrimoniales mencionados. Sin embargo, este nuevo valor no puede superar nunca el valor de mercado, por lo que su uso como base imponible no debería implicar un aumento de la tributación, tal y como se señala en el propio documento de la norma.

¿Qué cambios introduce la nueva ley?

El valor de referencia que fije el catastro para cada inmueble se definirá en base a diversos factores, como el de los precios de todas las compraventas de inmuebles debidamente realizadas y formalizadas. De igual manera, se realizarán valoraciones individualizadas teniendo en cuenta las características de cada activo, entre las que se incluyen la calidad de la construcción, la antigüedad o el estado de conservación.

En este sentido, hay que tener en cuenta que el valor de referencia es distinto del valor catastral, por lo que la norma no afecta a los impuestos que usan dicho valor catastral como base imponible. Por ejemplo, el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) o el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU).

Sin embargo, esta nueva regla será también aplicable al impuesto sobre el patrimonio para aquellos inmuebles en cuya adquisición se haya aplicado la base imponible del valor de referencia del catastro.

Puede interesarte: Tasación de una vivienda: características, tipos y bases de valor


¿Cuándo entra en vigor?

El mercado inmobiliario se está recuperando a buen ritmo de las consecuencias derivadas de la COVID-19. A cierre de mayo, el acumulado total de compraventas de viviendas ha sido de 219.514, lo que supone un 41,8% más que en el mismo periodo de 2020 y un 2,25% menos que las registradas los mismos meses de 2019, año previo al estallido de la pandemia. La pandemia también ha hecho aumentar el número de viviendas transmitidas a través de herencias, alcanzando en mayo la segunda cifra mensual más alta con 17.810.

Sin embargo, todas estas transmisiones de la propiedad que se están llevando a cabo no se verán afectadas por el cambio fiscal. Y es que, la Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022. Es decir, el nuevo cálculo del valor de referencia solo afectará a aquellos que adquieran, hereden o reciban una donación a partir del próximo año y que, por tanto, tengan que tributar por el impuesto correspondiente.

Puede interesarte: ¿Puedo vender una vivienda heredada?

Fotografía de Kindel Media en Pexels
-Temas relacionados-
up