Para calcular tu pensión de jubilación la Seguridad Social emplea dos parámetros: las cantidades por las que has cotizado y los tiempos de cotización. Hablando claro: Para saber cuánto te quedará de pensión debes tener en cuenta cuánto has cobrado y durante cuánto tiempo has trabajado. Descubre aquí cómo será tu pensión con nuestra calculadora.
Actualmente, la edad legal de jubilación en España está fijada en los 65 años para las personas que hayan cotizado como mínimo 36 años y 9 meses, y en 65 años y 8 meses para los que hayan cotizado menos. Esta edad irá ascendiendo hasta que a partir de 2027 solo se puedan jubilar con 65 años los que hayan trabajado 38 años y 6 meses o más, mientras que para el resto la edad legal de jubilación será a los 67 años si se quiere optar al 100% de la pensión.
¿Qué ocurre si no se han cotizado tantos años?
En estos casos se puede acceder a la pensión pública, aunque no por el 100% de la base reguladora. Esta base se calcula dividiendo lo que se ha cotizado a la Seguridad Social según nuestro salario durante los últimos 22 años (en 2019), y se elevará progresivamente hasta alcanzar los 25 años (en 2022). Eso sí, para acceder a la pensión contributiva mínima es necesario haber cotizado como mínimo 15 años o, lo que es lo mismo, 5.475 días.
Lo cierto es que el hecho de haber cotizado 15 años no deja acceder por sí mismo a la pensión mínima; para poder hacerlo hay que cumplir una serie de requisitos. El primero es estar afiliado a la Seguridad Social, en situación de alta o asimilada al alta. El segundo, haber cumplido la edad mínima de jubilación. Y, el tercero, que al menos dos de esos años cotizados estén dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al retiro. Descubre los requisitos que deberás cumplir para jubilarte aquí.
¿Cuál será mi pensión?
Una vez que sabemos que con 15 años cotizados sí se puede acceder a una pensión, llega la hora de saber cuánto recibiremos. Si se han trabajado exactamente 15 años, la Seguridad Social aplicará un 50% a la base reguladora, lo que supone que la cantidad será la mitad de la base que corresponda.
Como es de esperar, dada la reducción, la pensión a cobrar será muy baja. Por ello, y para aquellas cuantías inferiores a la pensión mínima, existe el denominado complemento por mínimos, cuya función es completar dicha cantidad hasta alcanzar el importe de la pensión mínima que se establezca cada año.
Sin embargo, el derecho a completar la pensión de jubilación con este complemento no le corresponde de manera automática a todos los pensionistas, sino solo a los que demuestren que no perciben ingresos superiores a la cantidad fijada anualmente.
El límite depende siempre de la situación personal del jubilado y de si tiene o no personas a su cargo. Así, en 2019 está fijado en 7.569 € anuales para un jubilado sin cónyuge a cargo, es decir, sin un cónyuge dependiente, y de 8.829 € anuales, sumando los ingresos del pensionista y su cónyuge, en caso de tenerlo a cargo.
En 2019, la cuantía mínima de la pensión contributiva de la Seguridad Social es de 835 € mensuales (11.701,20 € al año) para un titular de 65 años o más, con cónyuge a cargo, de 677,40 € al mes (9.483,60 € al año) si no tiene cónyuge (unidad familiar unipersonal) y de 642,90 € al mes (9.000,60 € anuales) si tiene un cónyuge pero no está a su cargo. Ante esta realidad, cada vez son más los españoles que deciden complementar su pensión invirtiendo en planes de pensiones u otras fórmulas.