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¿Cómo tributa la segunda residencia?

16/09/2019

¿Estás pensando en adquirir una segunda residencia? ¿Qué gastos puede conllevar? Te explicamos todo lo que debes tener en cuenta para tributarla.

La adquisición de un nuevo hogar cercano a la orilla del mar, en medio de la montaña, en un entorno rural alejado del bullicio de la ciudad o, sencillamente, otra casa donde poder disfrutar de la vida dejando de lado la rutina es una tendencia en alza en la sociedad española. Así lo refleja un estudio del portal inmobiliario Casaktua, que asegura que un 18% de los españoles está buscando una segunda residencia, un 8% más con respecto a su marca en 2017.

Pero cumplir con el sueño de comprar una segunda residencia también puede suponer un quebradero de cabeza en la declaración de la Renta. Para no perderse tributando este año, lo mejor es seguir una serie de consejos y pautas para que nada amargue el deseo de tener otro hogar.  

Además de los gastos derivados de ser el propietario de otro hogar (electricidad, gas, comunidad, etc.), lo primero que se debe hacer es comprobar si la primera residencia tiene derecho a deducción, teniendo en cuenta que este se suprimió para aquellas adquiridas después del 1 de enero de 2013. Por otro lado, la segunda vivienda no permite desgravar porque no es la vivienda habitual, aunque sí se debe reflejar su propiedad en la declaración de la Renta.

 

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La Agencia Tributaria obliga a los propietarios de estas viviendas a la asignación de una renta en el impuesto de IRPF, conocido como régimen de imputación de rentas y en el que no se incluye el hogar habitual. Para acogerse a este impuesto deben cumplirse una serie de requisitos, como son: que el inmueble urbano o rústico no sea la vivienda habitual del contribuyente, que no esté vinculado a actividades económicas (es decir, que no se generen beneficios capitales inmobiliarios como los que se derivan del alquiler) y que no se encuentre en construcción. Si se cumplen todas las premisas, entonces la vivienda se considera una renta inmobiliaria imputada o renta presunta.

De esta forma, el nuevo inmueble debe imputarse como renta anual en la declaración del IRPF en un valor del 2% catastral o un 1,1% si este se hubiera revisado en la década anterior. Este valor catastral (del suelo y de las construcciones) es un valor administrativo que se determina de forma objetiva para cada bien inmueble a partir de los datos del catastro inmobiliario.   

Alquiler, cesión y valor catastral 

Dentro de esta renta también se producen diferentes realidades: por ejemplo, si la vivienda se ha alquilado durante parte del año o si ha estado incluida en el patrimonio del contribuyente todo el año, su imputación debe prorratear el equivalente al tiempo que este ha estado a disposición de sus titulares. Es decir, si los propietarios quieren rentabilizar su segunda vivienda y deciden alquilarla en la época estival, por ejemplo, ese tiempo es el que debe prorratear a Hacienda.

En cuanto al rendimiento presunto resultante, no podrá deducirse ningún gasto y, en su lugar, se incluirá al resto del conjunto de rendimientos que componen la base general del IRPF (como los referentes a las actividades económicas, los de alquiler de inmuebles y el salario). En el caso de que el inmueble carezca de valor catastral o este no se haya notificado a su titular, se aplicará el 1,1% sobre el 50% del mayor de los dos valores siguientes, el fijado por la Administración a efectos de otros tributos o sobre el precio o contraprestación de compra. 

Puede ocurrir que el sueño de la segunda residencia venga proporcionado por la cesión sin coste alguno de un familiar. Si es así, el inmueble pasa a tributar directamente por la vía de imputación de rentas inmobiliarias. Aunque si es el familiar quien corre a cargo de los gastos derivados de la vivienda, no se considera que su cesión es gratuita y, por lo tanto, tributa como rendimiento del capital inmobiliario.

Además de estar informado sobre las retribuciones a Hacienda, contar con el presupuesto para comprar una segunda residencia es el primer paso para disfrutar de un nuevo hogar.

 

 

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Fotografías de Adam Birkett y Pixasquare en Unsplash
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