Cómo cotizarán los autónomos a partir de 2023 | EDE
Cómo cotizarán los autónomos a partir de 2023
Envíanos sugerencias
Pequeña empresa
4 min de tu tiempo

Cómo cotizarán los autónomos a partir de 2023

20/09/2022

Cuotas en función de los beneficios del negocio y nuevas deducciones por gastos genéricos, entre las novedades del nuevo sistema de cotización

En 2023 entra en vigor el nuevo marco de cotizaciones para autónomos que se irá estableciendo progresivamente con un periodo de transición de nueve años, hasta 2032. Una vez transcurrido este tiempo, se evaluará cómo ha funcionado el sistema, se introducirán las mejoras necesarias y entrará definitivamente en vigor. ¿Qué cambios supone el nuevo modelo?, ¿cómo cotizan los autónomos en 2023?

En total, el sistema consta de 15 tramos de cotización con una cuota mínima de 230 euros, que irá bajando hasta los 200 euros en 2025, y una máxima de 500 euros, que se incrementará hasta los 590 euros dentro de tres años. En el modelo actual la cuota mínima es de 294 euros y la máxima de 1.266 euros.

La principal novedad de este modelo es que los autónomos cotizarán según los rendimientos netos o los beneficios de su actividad, y no en función de una base elegida voluntariamente.

¿Cómo empezará a aplicarse el nuevo marco de cotizaciones para autónomos?

Entre 2023 y 2025, las cuotas irán ajustándose: los tramos más bajos (menos de 1.300 euros de rendimiento neto) pagarán menos, los intermedios (entre 1.300 y 1.700 euros de rendimiento neto) lo mismo y los tramos más altos pagarán más.

Rendimiento neto

Cuota 2023

Cuota 2024

Cuota 2025

Hasta 670 €

230 €

225 €

200 €

Entre 670 € - 900 €

275 €

250 €

220 €

Entre 900 € - 1.125,9 €

275 €

267 €

260 €

Entre 1.125,9 € - 1.300 €

291 €

291 €

290 €

Entre 1.300 € - 1.500 €

294 €

294 €

294 €

Entre 1.500 € - 1.700 €

294 €

294 €

294 €

Entre 1.700 €  - 1.850 €

310 €

320 €

350 €

Entre 1.850 € - 2.030 €

315 €

325 €

370 €

Entre 2.030 € - 2.330 €

320 €

330 €

390 €

Entre 2.330 € - 2.760 €

330 €

340 €

415 €

Entre 2.760 € - 3.190 €

350 €

360 €

440 €

Entre 3.190 €  - 3.620 €

370 €

380 €

465 €

Entre 3.620 € - 4.050 €

390 €

400 €

490 €

Entre 4.050 € - 6.000 €

420 €

445 €

530 €

Más de 6.000 €

500 €

530 €

590 €

Puede interesarte: 10 cosas que debes saber antes de hacerte autónomo

¿Cómo se calcularán los rendimientos netos de los autónomos?

A partir de 2023, todos los autónomos deberán presentar a comienzos de año una previsión de sus rendimientos anuales. Este formulario se presentará por el portal Importass de la Seguridad Social, que automáticamente le asignará al usuario una cuota a pagar en función de sus ingresos esperados.

Para calcular los rendimientos netos de un autónomo el primer paso es obtener los rendimientos netos del negocio. Es decir, los ingresos obtenidos menos los gastos deducibles. A ese importe, se le suma la cuota a la Seguridad Social y posteriormente se le resta un 7%, que es un porcentaje que se aplica a todos los gastos que tiene el autónomo y que le es imposible justificar. En el caso de que sea un autónomo societario, este porcentaje de gastos injustificables se reduce al 3%.    

La nueva reforma contempla que los autónomos puedan modificar hasta seis veces al año su base de cotización para ir adecuando la cuota a sus ingresos reales, frente a los cuatro cambios que se permitían anteriormente.

A final de año habrá una regularización para que la Seguridad Social confirme que cada autónomo ha cotizado en función de sus rendimientos netos. Si el autónomo ha cotizado por una base superior a la correspondiente, la Seguridad Social le devolverá el dinero pagado de más. En caso contrario, el autónomo deberá abonar la cotización pendiente.

Tarifa plana para autónomos a partir de 2023

En 2023, la tarifa plana para autónomos pasa de los 60 euros de 2022 a los 80 euros al mes. Esta tarifa fija se aplicará durante el primer año de actividad del autónomo con independencia de sus ingresos netos. Al segundo año de actividad, y si sus ingresos no superan el salario mínimo (1.000 euros brutos mensuales), seguirá pagando una cuota de 80 euros. A partir del tercer año de actividad ya deberá incorporarse al sistema ordinario de cotización, aunque sus ingresos no alcancen el salario mínimo.

¿Cómo son las nuevas prestaciones por cese de actividad?

El nuevo reglamento incluye una prestación del 50% de la base regulatoria por cese de actividad, que sería equivalente a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena. Para acceder a ella, el autónomo deberá tener una reducción del 75% de sus ingresos en caso de no tener empleados a su cargo. Si el autónomo tiene trabajadores contratados, deberá cumplir esta condición durante dos trimestres consecutivos y no obtener ingresos superiores al salario mínimo interprofesional (SMI). El autónomo podrá cobrar esta prestación durante un periodo de entre cuatro meses y dos años sin necesidad de cerrar su negocio, como sí era obligatorio hasta ahora.

¿Cuántos gastos podrán deducirse los autónomos?

La nueva legislación introduce una nueva deducción del 7% por gastos genéricos para autónomos individuales, y del 3% para los autónomos societarios. Esta deducción se sumará a las deducciones ya vigentes por gastos de producción en el ejercicio de la actividad.

En cualquier caso, es fundamental que un profesional autónomo cuente con el asesoramiento de un experto como el gestor del banco, que le asesore y resuelva todas las dudas que puedan surgir.

¿Quieres que un experto te aconseje sin ningún tipo de compromiso sobre qué le conviene más a tu empresa? Déjate asesorar por un especialista.

Fotografía de EKATERINA BOLOVTSOVA en Pexels
-Temas relacionados-
up