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Cómo afecta un ERTE a la jubilación

01/09/2020

Los trabajadores que sufren un expediente de regulación de empleo siguen cotizando, ¿sin embargo, esta situación tendrá consecuencias en su pensión de jubilación?

La crisis generada por la COVID-19 ha tenido un fuerte impacto sobre la economía en general y sobre el empleo en particular. Ejemplo de ello es la avalancha de solicitudes y tramitaciones de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) desde que se iniciara el estado de alarma. A partir de ese momento, el Gobierno comenzó a flexibilizar las condiciones en un intento por contrarrestar la destrucción de puestos de trabajo. En el periodo comprendido entre marzo y principios de abril, han sido más de tres millones de personas las que se han visto afectadas por este mecanismo, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Aunque el número de afectados por ERTE alcanzó su máximo a finales de abril, con unas 3.386.000 personas sujetas. 

Para tener acceso a la pensión de jubilación en el año 2020, los requisitos que deben cumplir los trabajadores son: tener 65 años y haber cotizado al menos 37. Si no llegan a esa cifra, deberán esperar hasta los 65 años y 10 meses. Las personas de esta edad que se encuentren en un ERTE pueden estar preguntándose cómo afecta esa situación a su cotización de cara a la jubilación. La respuesta es clara: no afecta de ninguna manera a la edad de jubilación o a la pensión, debido a las circunstancias excepcionales que han generado su solicitud.

¿El ERTE computa para la jubilación?

Apenas unos días después de la declaración del estado de alarma se publicó el Real Decreto-ley, del 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente a la situación de emergencia y a los afectos generados por la pandemia. En este documento se recoge que el periodo de duración de los ERTE no computará como paro consumido ni generará un espacio en blanco de cotización en la vida laboral del trabajador. También hay que dejar claro que se cobrará la correspondiente prestación hasta que se pueda volver al trabajo.

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Durante este parón será la propia empresa o el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) quien cotice por el trabajador. En el Real Decreto-ley posterior, del 27 de junio, por el que se prorrogan los ERTE hasta el 30 de septiembre, se incluyen novedades en cuanto a los descuentos a las cuotas de la Seguridad Social. En este sentido, las empresas de menos de 50 trabajadores tendrán un descuento del 35% y las de mayor tamaño, del 25%.

En ningún caso será dado de baja al trabajador, por lo que durante el periodo en el que se vea afectado por el ERTE, se seguirá cotizando por la base que se tenía previa a esta situación y cubriendo las mismas contingencias. Todos los días que un empleado pase en situación de desempleo temporal figurarán como trabajados. Por tanto, los cálculos para cobrar la futura pensión no se verán afectados por la crisis sanitaria. Incluso, si mientras está vigente esta medida se alcanza la edad legal de jubilación, el trabajador podrá decidir si se retira o no en ese momento.

ERTE y planes de pensiones

Otra de las medidas extraordinarias adoptadas durante la pandemia ha sido la posibilidad de rescatar de forma anticipada los planes de pensiones en algunos supuestos, como el de encontrarse en un ERTE. Hasta ahora, únicamente se podía hacer por causas como la jubilación, la invalidez, la dependencia, el fallecimiento o el paro de larga duración, entre otras. Esta nueva regulación tendrá lugar hasta el 14 de septiembre, cuando finalizan los seis meses posteriores al estado de alarma.

El plan de pensión es un producto a largo plazo, ya que se va ahorrando a lo largo del tiempo y de la vida laboral para poder recuperar ese dinero en un futuro, normalmente cuando se produce la jubilación. Al tener esas características, incorporan una parte de la inversión en renta variable, un hecho relevante en momentos de crisis como el actual marcado por la COVID-19 que ha causado una caída sustancial de los mercados bursátiles y que abre una oportunidad para para realizar aportaciones a plazo bajo.

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Como se ha señalado, dadas las circunstancias extraordinarias, el asalariado puede rescatar el plan de pensión si se encuentra en situación de ERTE. Tal y como explica Esther Pichardo, Directora de Ahorro y Pensiones de BanSabadell Vida y Pensiones, “los planes de pensiones colaboran con el bien general permitiendo complementar los ingresos de autónomos y empleados que hayan visto reducida su facturación por la crisis de la COVID-19”. No obstante, no se podrá retirar la totalidad del capital. Esa cuantía estará limitada a la pérdida de ingresos producida durante ese desempleo temporal y siempre y cuando se acredite dicha situación y que esta haya sido provocada por el coronavirus. 

Fotografía de Zac Ong en Unsplash
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